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A. 474/16
Aclaración de votoAuto A. 474/165 de octubre de 2016

Aclaración de voto

MagistradoGabriel Eduardo Mendoza Martelo

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOAL AUTO 474 16Referencia: Expediente PE-045Sentencia C-379 de 2016Asunto: Petición presentada por Marta Ximena Ochoa SánchezMagistrado ponente:LUIS ERNESTO VARGAS SILVASi bien comparto la decisión de mayoría, echo de extrañar en las motivaciones del proveído de la referencia alguna necesaria alusión al hecho de que en nuestro ordenamiento jurídico, por expreso mandato constitucional, (artículo 277) resulta indiscutible la competencia de la que está revestido el Procurador General de la Nación para velar por el debido cumplimiento de los fallos judiciales, incluidos, desde luego, los que emite esta Corte en el ámbito del denominado control abstracto, casi siempre vinculados con asuntos de interés general de la Nación entera. Muchísimas peticiones que llegan a esta Corte solicitando que se materialicen los efectos de sentencias de control abstracto son respondidas en ese sentido. Es más, la Presidencia de esta Corte suele dar directo traslado de ellas a la Procuraduría para lo de su competencia, como corresponde en acatamiento de las normas que regulan el derecho fundamental de Petición, (Artículo 21 de la Ley 1755 de 2015). Algo similar se pudo hacer en este caso para darle efectivo alcance a las inquietudes del peticionario una vez se advirtió que la Corte no podía atender su solicitud.Fecha ut supra, GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOMagistrado ---pies de página---